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Reclamaciones sobre swaps financiero del Banco Santander en Cataluña y Lleida

El Banco Santander también ha comercializado derivados financieros que están causando graves perjuicios a los clientes ante la bajada de los tipos de interés. En muchas ocasiones la comercialización se realizó sobre pequeñas y medianas empresas bajo el estímulo de ayudar a gestionar posibles subidas de tipos de interés.

El Banco Santander ha estado comercializando contratos de permuta financiera que encubre un contrato sobre tipos de interés o SWAPS y tiene una naturaleza especulativa y de alto riesgo para el cliente.

No es una operación de cobertura de un crédito o un seguro de crédito sino un contrato sobre tipos de interés que traslada al cliente los riesgos de modificaciones de tipos de interés: se potencia los efectos negativos de una bajada de tipos del Euribor sin que obtenga un beneficio sustancial en caso de subida. En algunos de los contratos que hemos podido examinar las condiciones son especialmente gravosas para los clientes en cuanto que ante una bajada de tipos de interés sobre el tipo establecido como referencia el clientes abona la totalidad de la bajada de tipos mientras que en caso contrario, el de subida de tipos de interés la Banco se limita a abonar porcentajes de entre 0,50 % y 0,70 %.

Pongamos un ejemplo: nominal del contrato 200.000 € y un tipo de referencia del 4% considerando el Euribor a 1 año.
Escenario 1: los tipos de interés se sitúan en el 6%: el banco se limita a abona el 0,60 % = 1200 € en un periodo anual. Esta es la máxima protección que obtiene el cliente
Escenario 2. Los tipos de interés se sitúan en el 2 %: el cliente abona toda la bajada, es decir 2 % y debe pagar al banco: 4000 €

Conclusión: ante una misma modificación de tipos de interés el banco limita su riego a una prima del 0,60% mientras que al cliente se le repercute la totalidad de la bajada, en nuestro ejemplo un 2%.

Si es este su caso, no se preocupe, podemos ayudarle.

En primer lugar contacte en nuestro despacho de abogados aportando la documentación de que disponga.

1.-Analizaremos las condiciones del contrato y la viabilidad de una demanda de anulación. Asimismo le confeccionaremos los escritos necesarios para reclamar primero ante el Departamento de Atención al Cliente, con el que obligatoriamente deberán contar todas las entidades de crédito y/o con el Defensor del Cliente , y en segundo lugar si no se ha resuelto en las instancias anteriores la reclamación, o ha sido denegada su petición, le confeccionaremos un escrito de reclamación ante cualquiera de los organismos siguientes: Banco de España, Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Honorarios: 250 Euros más IVA.

2.- Si las actuaciones anteriores han resultado infructuosas le ofrecemos los servicios de nuestro despacho de abogados para iniciar una reclamación judicial en defensa de sus derechos.
No se preocupe por nuestros honorarios le confeccionaremos un presupuesto basándonos en un porcentaje de la cuantía de la reclamación, siendo el porcentaje medio un 7%, más IVA.

Honorarios : % ( media 7%).

Contacte con nosotros y defienda sus derechos.

Tlno: 973 28 14 24

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