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Nueva sentencia contra Banco Sabadell que anula contratos sobre tipos de interés

Nos remitimos a una interesante Sentencia dictada por el Jugado de Primera Instancia de Castropol – Asturias- con fecha 9 de marzo de 2010 en la que nuevamente se da la razón a un cliente afectado por un contrato de permuta financiera o swaps sobre tipos de interés.

En esta ocasión Banco Sabadell había colocado a un cliente un swaps sobre tipos de interés sin facilitar la información adecuada y sin informar convenientemente sobre los riesgos de la operación. En vista de los graves perjuicios económicos el cliente demanda a Banco Sabadell ante los tribunales por error y defecto en el consentimiento prestado, reconociendo los mismos que la práctica bancaria llevada a cabo por Banco Sabadell había lesionado los derechos de información del cliente, quien había firmado un contrato sin conocer los efectos dañinos de su contratación.
La sentencia concluye que los contratantes "se acogieron a la firma del `swap` porque la información ofrecida por el banco les indujo a error sobre las posibilidades de rentabilidad, debido a una información defectuosa".
El juez anula los contratos porque, en ellos "no se especifica nada de los riesgos concretos de la operación modalidad `swap`, ni de los riesgos de una variación en los tipos de interés como la que se preveía podía producir".
Asimismo, el dictamen concluye que el banco debió informar al cliente sobre la posible variación de los tipos de interés "a pesar de que ello conlleve un riesgo de no contratación".
La sentencia relata cómo la directora de una sucursal de Banco Sabadell se puso en contacto telefónico con sus clientes de préstamos hipotecarios para ofrecerles el producto `swap`, por el cual, en el caso de que el tipo de interés de referencia suba, el banco debe abonar la diferencia al cliente, y en el supuesto de que el tipo de interés baje es el cliente quien tiene que pagar al banco.
La sentencia advierte al Banco Sabadell de que debe informar al cliente de que "tales desigualdades pueden producirse y hacerlo de una forma tan exhaustiva que impida la contratación de servicios que rápidamente le puedan producir unos perjuicios económicos persistentes, a través de un sistema de información imparcial, claro y no engañoso".

Desgraciadamente muchas cajas y bancos españoles han comercializado productos opacos que con diferentes denominaciones encubrían contratos de derivados sobre tipos de interés que con la bajada de los mismos ha supuesto pérdidas cuantiosas a los clientes.

Si este es su caso, no se preocupe, podemos ayudarle.

En primer lugar contacte en nuestro despacho de abogados aportando la documentación de que disponga.

1.-Analizaremos las condiciones del contrato y la viabilidad de una demanda de anulación. Asimismo le confeccionaremos los escritos necesarios para reclamar primero ante el Departamento de Atención al Cliente, con el que obligatoriamente deberán contar todas las entidades de crédito y/o con el Defensor del Cliente , y en segundo lugar si no se ha resuelto en las instancias anteriores la reclamación, o ha sido denegada su petición, le confeccionaremos un escrito de reclamación ante cualquiera de los organismos siguientes: Banco de España, Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Honorarios: 250 Euros más IVA.

2.- Si las actuaciones anteriores han resultado infructuosas le ofrecemos los servicios de nuestro despacho de abogados para iniciar una reclamación judicial en defensa de sus derechos.
No se preocupe por nuestros honorarios le confeccionaremos un presupuesto basándonos en un porcentaje de la cuantía de la reclamación.

Contacte con nosotros y defienda sus derechos.

Tlno: 973 28 14 24

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