Avenida Blondel 27, 7º, 1º

25002 Lleida - España

La ruptura de la pareja de hecho ( abogado LLeida )


Las uniones de hecho son convivencias que han de desarrollarse en régimen de coexistencia diaria, estable, con permanencia temporal consolidada a lo largo de los años, practicada de forma externa y publica, creándose así intereses y fines comunes en el núcleo de un mismo hogar según las definió el Tribunal Supremo.

La pareja estable impide mantener otra relación similar con efectos jurídicos y es incompatible con cualquier matrimonio de los partícipes.

Cada Comunidad Autónoma ha promulgado sus propias leyes sobre parejas de hecho. (Por Ejemplo la CA Cataluña Llei En la gran mayoría de ellas se exige la inscripción de la pareja en un Registro especial de Parejas de Hecho, aunque en algunas no se exige tal inscripción y consideran que se adquiere el status de pareja de hecho automáticamente por el transcurso de un año de convivencia o con el nacimiento del primer hijo de la pareja.

Los efectos personales y patrimoniales de la pareja estable pueden fijarse por acuerdo entre las partes, ya sea de forma verbal, en documento privado o público, tanto para la convivencia como a su término, siempre y cuando se respeten los derechos mínimos contenidos en las respectivas leyes, que son irrenunciables.

Pueden pactar libremente el régimen económico, el uso de la vivienda, las cargas familiares, la guarda y custodia de los hijos, la pensión de alimentos.

En caso de ruptura también existe un procedimiento judicial de establecimiento de medidas paternofiliales y económicas , procedimiento que puede instarse de mutuo acuerdo o bien de forma contenciosa. Los tribunales, han aplicado un procedimiento análogo al de la separación o divorcio para dilucidar litigios entre parejas no casadas sobre alimentos, guarda y custodia de los hijos comunes, régimen de visitas y el uso y disfrute del domicilio conyugal. En cambio, no lo han hecho así en el caso de la pensión compensatoria, indemnización por convivencia y liquidación de los bienes adquiridos durante el tiempo de vida en común.

En caso de instar un procedimiento judicial de mutuo acuerdo presentan una demanda acompañada de convenio regulador, la cual una vez ratificada el juez dicta sentencia.

Para el caso de que no se llegue a un acuerdo se presentaría una demanda contenciosa similar a la separación o divorcio contencioso en la que se solicitará se acuerden medidas tanto de guardia y custodia como alimentos, régimen de visitas, etc, , se dará un plazo para contestar a la demanda a la parte contraria y se celebrará vista judicial en la que tendrán que presentar sus medios de prueba y el juez dictará sentencia.

También pueden redactar un convenio regulador privado ante notario sin necesidad de acudir al Juzgado. En él pueden convenir libremente lo que quieran.

Por lo que en caso de ruptura de pareja de hecho consulte con uno de nuestros abogados de familia cual es la mejor opción.

Bufet Horcajada
Abogados LLeida Derecho de Familia
info@horcajada-abogados.com
973.281424

© Copyright. Horcajada Abogados . Todos los derechos reservados.