En caso de insolvencia de los padres ¿ Podemos reclamar a parte de una pensión de alimentos los gastos extraordinarios de los hijos a los abuelos?
Esta cuestión ha sido resuelta por nuestro Tribunal Supremo que ha rechazado el recurso de una madre que solicitaba a los 4 abuelos de su hija que le pagarán las clases de música y repaso de su hija.
El Tribunal Supremo reconoce que el 142 del CC no impone que abonen estos gastos.