En casos de ruptura matrimonial, ya sea para obtener legalmente su separación matrimonial o su divorcio requiere la ayuda de un abogado especialista en familia que le asesore desde el principio y le tramite todo el procedimiento de separación o divorcio, ya sea de mutuo acuerdo o contencioso.
Tanto si desea instar su procedimiento de separación como su procedimiento de divorcio necesita de un abogado en ejercicio y de un procurador que lleven respectivamente su defensa y su representación.
Así lo establece el art. 750 de la vigente LEC.
“Representación y defensa de las partes
1. Fuera de los casos en que, conforme a la Ley, deban ser defendidas por el Ministerio Fiscal, las partes actuarán en los procesos a que se refiere este título con asistencia de abogado y representadas por procurador.
2. En los procedimientos de separación o divorcio solicitado de común acuerdo por los cónyuges, éstos podrán valerse de una sola defensa y representación.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando alguno de los pactos propuestos por los cónyuges no fuera aprobado por el Tribunal, el Secretario judicial requerirá a las partes a fin de que en el plazo de cinco días manifiesten si desean continuar con la defensa y representación únicas o si, por el contrario, prefieren litigar cada una con su propia defensa y representación. Asimismo, cuando, a pesar del acuerdo suscrito por las partes y homologado por el Tribunal, una de las partes pida la ejecución judicial de dicho acuerdo, el Secretario judicial requerirá a la otra para que nombre abogado y procurador que la defienda y represente.”
Por tanto en caso de instar un proceso de divorcio contencioso cada uno de los cónyuges debe nombrar a un abogado/a y a un procurador/a mientras que si instamos un procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo podemos optar entre nombrar cada uno de los cónyuges un abogado/a y un procurador/a o bien que sea un solo Abogado/a y procurador/a el que lleve la representación y defensa de ambos cónyuges, reduciéndose en este caso los honorarios del procedimiento al 50%.
Mª José Horcajada
Abogada especialista en Derecho de Familia de LLeida
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