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Decomiso de vehículos

La reforma del Código Penal permitirá decomisar los coches de los conductores condenados .Hasta ahora, el Código Penal sólo contemplaba esta posibilidad en el caso de los conductores kamikazes. Con el nuevo Código Penal, el coche se considera un instrumento del delito y la medida se amplia a todos los delitos contra la seguridad vial.
Así, el juez puede ordenar además de prisión, el decomiso de un vehículo, cuando el conductor:
-Se niegue a someterse a la prueba de alcoholemia
-Supere los 0,60 grados de alcohol en aire aspirado,
-Conduzca habiendo consumido drogas
-Conduzca sin carné o habiendo perdido los puntos
-Si va a 200 km/h en autovía o a 110 km/h en ciudad.
-Cuando obstaculice la vía.

Las asociaciones de conductores dicen que es una medida exagerada, arbitraria y desproporcionada en los casos en los que no haya ningún resultado lesivo ni existan antecedentes.
El director general de Tráfico, Pere Navarro, ha defendido la reforma del Código Penal aprobada y ha aclarado que el decomiso de los vehículos de quienes cometan un delito contra la seguridad vial es una medida "excepcional como alternativa a la prisión, que sólo se plantea para conductas graves y peligrosas". Eso sí, una vez decomisado el vehículo, no será posible recuperarlo.
Según Navarro, esta reforma del Código Penal abrirá al juez nuevas posibilidades para dictar sentencias contra los delitos de tráfico "en función de las circunstancias especiales de cada caso".



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