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Prisión permanente revisable

El periódico local La Mañana publica con fecha 19/02/2017 el artículo de la abogada de este despacho profesional, Dª Mª José Horcajada dedicado a la Prisión permanente revisable titulado "¿Prisión permanente?"

 

"¿ Prisión

permanente?

 La prisión permanente revisable entró en vigor  el 1 de julio de 2015, y está de actualidad porque el padre de Diana Quer ha conseguido más de 2.000.000 de firmas  para pedir al Congreso de los Diputados que no apruebe la proposición para su derogación que se tramita desde el pasado mes de octubre. Se trata de la màxima pena privativa de libertad en nuestro país reservada para supuestos de especial gravedad como asesinatos de menores de 16 años, asesinatos múltiples o violaciones a menores tras torturarlas  y que existe en otros países europeos como Francia, Italia, Alemania, Inglaterra o Bélgica. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos  considera que al ser revisable  esta modalidad de prisión no es contraria a la Convención de Derechos Humanos mientras que sus detractores lamentan que esta medida dificulta la resocialización de los penados. Existen dos derechos en conflicto el de los ciudadanos a la seguridad y el de los presos a la reinserción y debemos ser capaces de conjugar dichos principios, pero el Derecho Penal no se puede convertir en una arma política  e ir variando en función de las mayorías parlamentarias cada dos por tres. Las leyes deben ser pocas, buenas y buscando el máximo consenso. "

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