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Swaps sobre tipos de interés y competencia del Banco de España

Los problemas que ha generado en muchos clientes de la banca la operativa con Swaps, ha llevado a que se inicien procedientos de queja y reclamaciones buscando la nulidad de los mismos.

En Indemnizaplus contamos con abogados especialistas en Derecho bancario.

En relación con la duda sobre el organismo competente en la tramitación de reclamaciones, entendemos que el Banco de España (BDE) es el organismo encargado de supervisar y resolver las reclamaciones que afectan a instrumentos financieros derivados, que cubren los riesgos de tipo de interés sobre los créditos hipotecarios, conocidos como swaps.

En una nota conjunta hecha pública el pasado martes 20 de abril por el BDE y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) se deja claro que es este primer organismo el competente para resolver sobre estos productos derivados.

Aunque en principio podrían considerarse servicios de inversión, "dada su vinculación a la venta de productos bancarios, deben ser sometidos al régimen de protección del cliente bancario con arreglo a los criterios y normativa aplicable a las entidades de crédito". Y ello sin olvidar que el cliente "no emplea o quiere el derivado como producto de inversión, sino sólo en cuanto vinculado a un producto bancario y con el objeto de minorar los riesgos de fluctuación de tipos de interés o de cambio de divisas".

Recuerde que si está afectado por esta operativa podemos ayudarle.

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