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Las cámaras de grabación simulada pueden vulnerar la intimidad ( TS)

"Seguridad Vs intimidad"

Cada vez es más habitual la instalación de cámaras de videovigilancia operativas o simplemente simuladas como método para garantizar la seguridad de quién las instala, pero este derecho a la seguridad puede entrar en colisión con el derecho a la intimidad personal y familiar. El Tribunal Supremo, en su sentencia de 7 de noviembre de 2019,ha dictaminado que supone una vulneración al derecho a la intimidad y la vida familiar la instalación de cámaras de seguridad aunque sean falsas, porque el denunciante no tiene que soportar la incertidumbre acerca de si la cámara orientada hacia su finca es operativa o no y condena a la empresa demandada a reorientar las mismas o retirarlas .La demandada había colocado dos dispositivos de videovigilancia, uno de las cuáles enfocaba directamente el acceso a la vivienda del denunciante y a parte de su jardín, no existiendo razones de inseguridad o emergencia que justificaran su instalación y orientación por lo que no se respeta el principio de proporcionalidad que exige el Tribunal Constitucional para adoptar una medida restrictiva de los derechos fundamentales   al someterle a una vigilancia permanente que lesiona el derecho a su intimidad e imagen, sentencia novedosa al tratarse de cámaras simuladas.

 

Destacado: Según el Supremo las cámaras de grabaciones simuladas también pueden vulnerar la intimidad

 

Artículo publicado por la abogada Maria Jose Horcajada, en el periódico "La Mañana" a fecha 18/11/2019.

 

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