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También los autónomos

La sala de lo Civil del Tribunal Supremo, con su sentencia de fecha 11 de marzo del presente, sienta jurisprudencia y abre la puerta a que los autónomos, profesionales y pequeños empresarios, y no sólo los consumidores, soliciten la nulidad de la cláusula suelo de su préstamo hipotecario y reclamen la devolución de lo pagado de más. Se trata de unos prestatarios que habían firmado un crédito hipotecario para comprar su licencia de taxi a los que el Supremo da la razón y declara nula la cláusula suelo del 6,5%. Según el Alto Tribunal que para que esta cláusula supere el control de incorporación   al contrato no basta con que tenga una redacción clara, concreta y sencilla, sino que el firmante ha de haber tenido la posibilidad real de conocerla, y concluye que la entidad financiera no superó dicho control al no cumplir las obligaciones administrativas de transparencia (no facilitó la ficha FIPER) ni haber advertido específicamente el notario de la existencia de esta cláusula. Es una buena noticia para las pequeñas empresas y autónomos que han pagado injustamente intereses de más por una cláusula de la que no se les informó.

 

"Las Pymes y los autónomos podrán reclamar lo pagado de más por las cláusulas suelo."

 

Artículo de la abogada de Lleida Mª José Horcajada publicado en el Periódico “La Mañana” de fecha 19/05/2020.

 

 

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