PENSION DE ALIMENTOS: ¿Qué comprende? ¿Incluye los gastos y educación de los menores?
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La pensión de alimentos comprende todo lo necesario para el sustento de los hijos menores (comida, alojamiento, vestido y educación) y debe abonarse en un principio hasta que alcancen la mayoría de edad y puedan vivir con independencia económica.
La cuantía de la pensión se establecerá por la sentencia de nulidad, separación o divorcio, sentencia que fijará la persona obligada a satisfacerla, las bases para su actualización, y la forma de pago, también pueden establecerla los progenitores de mutuo acuerdo en el convenio regulador de su separación o divorcio.
La cuantía de la pensión de alimentos depende de los ingresos de la persona que está obligada a satisfacerla y de las necesidades del beneficiario. A diferencia de otros países no existe en nuestro país ningún baremo obligatorio al que deba ajustarse el juez a la hora de fijar la pensión de alimentos por lo que decidirá según su prudente arbitrio. Consulte con nuestros Abogados de Familia que le asesoraran sobre qué pensión de alimentos puede usted percibir o debería abonar.
Posteriormente, esta cantidad también podrá incrementarse o disminuirse, pero para proceder a su modificación debe acudirse al correspondiente procedimiento judicial de modificación de medidas.
Lo más conveniente es que solicite el consejo de un abogado quien le asesorará sobre cuáles son sus derechos y deberes, necesitas la ayuda de un@ abogad@ especialista en derecho matrimonial que esté a su lado durante este proceso. No dudes en contactar con nosotros, en los momentos difíciles estamos a tu lado.
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