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CLAUSULAS SUELO: Renuncia y Cláusulas suelo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado ,con fecha 9 de julio,  sobre la validez del acuerdo de renuncia de los consumidores  a emprender acciones legales en relación con las cláusulas abusivas de su contrato resolviendo la cuestión prejudicial planteada por un Juzgado de Primera Instancia de Teruel .Se trata de una consumidora que había renegociado la cláusula suelo de su primera hipoteca del año 2011 novándola en el 2014 y  renunciando a recurrir las cláusulas del contrato . La clienta del banco acudió a  la justicia para que declarara la nulidad de la cláusula suelo de su primera hipoteca   y le devolviera la entidad bancaria las cuantías abonadas de más, a lo cual se negó Ibercaja alegando la renuncia firmada y el conocimiento de la cláusula. El Tribunal Europeo considera que se pueden renegociar las cláusulas abusivas siempre que sea con  transparencia, negociación individualizada, información y con una percepción clara por parte del consumidor de las consecuencias de la renuncia, una conclusión lógica pues sería absurdo que se amparase la renuncia con carácter general de un consumidor a sus derechos. Se abre la puerta a que los jueces examinen las cláusulas suelo renegociadas y declaren su abusividad.

Artículo publicado por la abogada Mª José Horcajada, en el diario “LA MAÑANA” en fecha 16/07/2020

 

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