HERENCIAS : DISCAPACIDAD Y TESTAMENTO Artículo de la Abogada Mª José Horcajada

Cuando se declara judicialmente a una persona incapaz para regir su persona y bienes y se nombra a un tutor podemos pensar que esta persona no puede otorgar testamento notarial, más cuando en la sentencia se establece expresamente que se le priva de su capacidad para testar.
Sin embargo los tiempos están cambiando especialmente tras la conocida como Convención de Nueva York. ¿ Qué pasa cuando una persona a pesar de su discapacidad psíquica tiene claro que posee unos bienes y que quiere que cuando fallezca pasen a las personas que tienen buena relación con él ? A esta cuestión responde la sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz de fecha 14/09/2020 y que es el tema que trato en mi artículo publicado en La Mañana de fecha 19/10/2020.
"Discapacidad y
Testamento
La Audiencia Provincial de Badajoz, en su reciente sentencia de fecha 14 de septiembre de 2020 reintegra el derecho a testar de una persona con una discapacidad física-psíquica del 70% , una sentencia pionera que incorpora a nuestro ordenamiento los principios de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, conocida como Convención de Nueva York. Se trata del caso de un señor que quería testar para que tras su fallecimiento no se beneficiaran de su herencia aquéllos hermanos con los que no tenía ninguna relacion pero no podía hacerlo porque el Juzgado de Primera Instancia Número 4 de Badajo , en su sentencia de abril de 2013, lo había declarado incapaz para regir su persona y bienes, y privado de su facultad de testar y de su derecho de sufragio ,nombrando tutora a una de sus hermana. Entiende la Sala que debemos superar la visión paternalista de las personas con discapacidad a las cuales no podemos privar de antemano de la facultad de testar para evitar que capten malintencionadamente su voluntad, sino que para evitar esto último no les podemos privar del derecho pues ello sería más perjudicial par el discapacitado que el propio riesgo Se corrigen las carencias de nuestra legislación civil." (La Mañana 19/10/2020)
Mª José Horcajada Bell-lloch
Abogada de Lleida especialista en Familia y Herencias.
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