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IMPAGO PENSION ALIMENTOS: Violencia económica según el Tribunal Supremo

El impago de la pensión de alimentos es uno de los temas que más preocupa a quién tiene la custodia de los hijos, la abogada de Lleida Mª José Horcajada Bell-lloch , dedica su artículo de fecha 05/04/2021 publicado en La Mañana a este tema, haciendo referencia al último pronunciamiento del Tribunal Supremo que considera que el impago reiterado de la pensión de alimentos es un supuesto de violencia económica.

“Violencia

económica

El cuidado de los hijos menores es un deber de los progenitores ya  que éstos por sí mismos no tienen capacidad ni medios para mantenerse . La obligación de abonar una pensión de alimentos sería una exigencia natural pero si el que debería  abonarla no lo hace no queda más remedio que acudir a los tribunales y que sea una resolución judicial quién lo exija. Aun así, hay supuestos en los cuales el obligado a su pago no lo hace, en estos casos en función de los plazos impagados de la prestación económica este hecho puede suponer un delito de abandono de familia del artículo 227 del Código Penal. El Tribunal Supremo recientemente ha calificado el impago de la pensión de alimentos como violencia económica y considera que si no se abona se produce una doble victimización , por un lado  sobre los hijos que no reciben los alimentos que necesitan y por otra sobre el  otro progenitor que tiene la custodia que debe   hacer un sobreesfuerzo en la atención  de los hijos para  poder sustituir al obligado incumplidor . El caso trata de un hombre que había impagado un total de 34.639, 04 euros y le condena a seis meses de prisión, además de mantener la condena por levantamiento de bienes por despatrimonialitzarse dolosamente. Que paséis un buen día de la Mona.”

¿Impagos de la pensión de alimentos ? No se preocupe  le podemos ayudar.

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