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Concedida la dispensa parcial de la superación de las pruebas DELE y CCSE por no saber leer ni escribir.

El artículo 22.4 del Código Civil establece que para la concesión de la nacionalidad por residencia el interesado deberá justificar, en el expediente regulado por la legislación del Registro Civil, buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española.

Asimismo, la Disposición Final Séptima de la Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil indica que la acreditación del suficiente grado de integración en la sociedad española requerirá la superación de dos pruebas.

Dichas pruebas consisten, por un lado, acreditar el dominio del español como lengua extranjera (DELE) y, por otro lado, en acreditar conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE), lo cual están diseñadas y administradas por el Instituto Cervantes.


No obstante, la Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, establece lo siguiente: “que aquellas personas que no saben leer y escribir o tengan dificultades de aprendizaje podrán solicitar la dispensa de estas pruebas al Ministerio de Justicia que, a la vista de las circunstancias particulares y las pruebas aportadas, resolverá motivadamente. Igualmente se podrá dispensarse de dichas pruebas a los solicitantes que hayan estado escolarizados en España y superado la educación secundaria obligatoria (..)”.

Así, pueden solicitar la dispensa quienes acrediten;

- No saber leer o escribir.

- Poseer dificultades de aprendizaje o ser mayores de 70 años.

- Haber estado escolarizado en España y haber superado la educación secundaria obligatoria (ESO).

Nuestra clienta, G.Y., no sabe leer ni escribir y le asesoramos para que previamente a la tramitación del procedimiento de concesión de la nacionalidad española por residencia tramitará la solicitud de dispensa.

Tras gestionar su trámite de solicitud de dispensa de modo telemático la Directora General de Seguridad Jurídica y fe Pública, por delegación del Ministerio de Justicia, ha resuelto autorizar a nuestra clienta para que realice las pruebas adaptadas previstas por el Instituto Cervantes para las personas que no saben leer ni escribir.


¿DESEA SOLICITAR LA DISPENSA DE LAS PRUEBAS DELE Y CCSE?


En Horcajada Abogados somos abogados especialistas en extranjería y podemos ayudarle. Llámanos al 973 281 424 / 609 721 439 o envíanos un correo electrónico a info@horcajada-abogados.com


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