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¿Qué ocurre con los animales de compañía en caso de divorcio?

El pasado 15 de diciembre fue publicada la Ley 17/2021 de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales, que entrará en vigor el próximo 5 de enero de 2022. Dicha ley modifica diferentes artículos del Código Civil para adaptarlos a la nueva realidad, puesto que los animales pasan a considerarse seres vivos dotados de sensibilidad.

Es muy habitual que las familias disfruten de "mascotas domésticas", un perro, un gato u otros animales y que en caso de divorcio se pregunten qué sucede con los animales de compañía siendo uno de los motivos de disputa.

La ley anteriormente citada da respuesta a esta pregunta previendo que en caso de mutuo acuerdo forme parte del contenido del convenio regulador:

Artículo 90.1 1.CC "El convenio regulador a que se refieren los artículos 81, 82, 83, 86 y 87 deberá contener, al menos y siempre que fueran aplicables, los siguientes extremos: b) bis CC. El destino de los animales de compañía, en caso de que existan, teniendo en cuenta el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal; el reparto de los tiempos de convivencia y cuidado si fuere necesario, así como las cargas asociadas al cuidado del animal.

Y si las partes no se ponen de acuerdo el Artículo 94 bis del CC establece los criterios a tener en cuenta por la autoridad judicial:

“Artículo 94 bis CC. La autoridad judicial confiará para su cuidado a los animales de compañía a uno o ambos cónyuges, y determinará, en su caso, la forma en la que el cónyuge al que no se le hayan confiado podrá tenerlos en su compañía, así como el reparto de las cargas asociadas al cuidado del animal, todo ello atendiendo al interés de los miembros de la familia y al bienestar del animal, con independencia de la titularidad dominical de este y de a quién le haya sido confiado para su cuidado. Esta circunstancia se hará constar en el correspondiente registro de identificación de animales.

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Puede consultar la nueva ley en el documento que adjuntamos a continuación.

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