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Tablas de valoración en caso de accidentes de tráfico

El Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre aprobó la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. Una de las notas de la Ley es que publica un conjunto de tablas para valorar los daños y perjuicios ocasionados por los accidentes de circulación.
Este sistema de valoración ha sido declarado constitucional por el Tribunal Constitucional con las limitaciones expresadas en la Sentencia 181/2000 de 21 de julio.

Sin embargo, aunque el sistema es objetivo hay muchos elementos que dependen de la interpretación y seguimiento del caso, de los informes médicos y de otras circunstancias. Es por ello, que contar con un buen abogado es esencia en la defensa de nuestros intereses es esencial para asegurarnos una correcta indemnización. En Horcajada Abogados contamos con abogados especialista en accidentes de tráfico.

Sobre el uso de las tablas de valoración hay algunas notas que debemos conocer:
- No se aplicarán en caso de un delito doloso, solamente en caso de accidentes de tráfico.
- Se aplica para determinar indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes tanto invalidantes como no invalidantes y las incapacidades temporales.
- El pago de los gastos materiales del vehículo y los gastos de hospitalización, médicos y de rehabilitación, así como los de funeral y entierro se abonan a la vista de los gastos y facturas que aportemos.
- Los daños morales son iguales para todas las víctimas.
- Las tablas tienen en cuenta las condiciones económicas y tienen en cuenta la capacidad de trabajo, la pérdida de ingresos de la víctima y su situación familiar

Horcajada Abogados es parte de Indemnizaplus, especialistas en indemnizaciones por accidentes

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