
Violencia vicaria en Lleida: cuando dañar a una mascota es violencia de género
Explicamos qué es la violencia vicaria, cómo los tribunales en España empiezan a reconocer el maltrato a animales como violencia de género y cómo podemos ayudarte en Horcajada Abogados (Lleida).
Introducción
En los últimos años, el concepto de violencia vicaria ha cobrado gran importancia en España. Tradicionalmente se ha asociado al daño a los hijos para hacer sufrir a la madre, pero los tribunales comienzan a reconocer que también el maltrato o la muerte de una mascota puede constituir violencia de género, siempre que el agresor actúe con la intención de causar un daño emocional profundo.
En Horcajada Abogados, en Lleida, estamos comprometidos con la defensa de las víctimas y con la aplicación de la ley para ofrecer protección integral frente a todas las formas de violencia.
________________________________________
¿Qué es la violencia vicaria?
La violencia vicaria es aquella en la que el agresor busca dañar a la mujer a través de terceros: hijos, familiares cercanos o incluso sus animales de compañía. El objetivo es siempre el mismo: provocar dolor emocional, intimidación y control.
________________________________________
Precedente judicial en España
Un caso reciente en Canarias (Juzgado de Violencia sobre la Mujer Sede: Palmas de Gran Canaria (Las) ,Sección: 2 Fecha: 22/09/2025 Nº de Recurso: 1133/2025 ) marca un antes y un después: un hombre ha sido condenado por arrojar al perro de su expareja por un acantilado, y el juzgado lo considera violencia vicaria. Este tipo de resoluciones suponen un avance en la protección de las víctimas, ampliando el alcance de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
_______________________________________
Marco legal aplicable
En estos casos pueden intervenir distintos artículos del Código Penal:
Artículo 337 CP (maltrato animal): sanciona con prisión de 3 a 18 meses a quien cause lesiones graves o la muerte a un animal doméstico.
Artículo 173.2 CP (violencia habitual): castiga la violencia física o psíquica ejercida de manera reiterada.
Artículo 153.1 CP (lesiones o menoscabo psíquico): incluye el daño emocional como forma de violencia de género.
________________________________________
¿Cómo podemos ayudarte en Horcajada Abogados en Lleida?
Desde nuestro despacho en Lleida te ofrecemos:
-Asesoramiento legal inmediato en denuncias de violencia vicaria.
-Solicitud de medidas de protección (alejamiento, prohibición de comunicación, custodia de la mascota).
-Defensa integral en procedimientos penales y de familia.
-Acompañamiento humano y cercano en todo el proceso.
Si sufres o sospechas que estás en una situación de violencia vicaria, no estás sola. Contacta con nosotros para una consulta confidencial.
© Copyright. Horcajada Abogados . Todos los derechos reservados.