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¿Se puede dejar de pagar la pensión a un hijo mayor de edad si no hay relación? Nueva sentencia lo aclara

La justicia avala la extinción de la pensión alimenticia a un hijo mayor de edad por falta total de relación con el progenitor

¿Estás pagando una pensión de alimentos a un hijo mayor de edad con quien no mantienes ningún tipo de relación desde hace años? Una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Granada (SAP GR 1424/2025) puede cambiarlo todo.

En Horcajada Abogados, despacho en Lleida especializado en derecho de familia, analizamos este caso clave y te explicamos que es posible legalmente  extinguir el pago de la pensión de  alimentos si estás en una situación similar.

¿Qué ha dicho la Audiencia Provincial de Granada?

En la sentencia 234/2025, la Audiencia revoca una resolución anterior y autoriza la extinción de la pensión alimenticia que un padre estaba obligado a pagar a su hijo mayor de edad.

El motivo: la ausencia total de relación entre padre e hijo, decisión tomada de forma consciente por el hijo desde que alcanzó la mayoría de edad, sin justificación imputable al progenitor.

Esto marca un precedente importante:

La falta de relación afectiva consolidada, cuando es responsabilidad del hijo, puede ser causa suficiente para extinguir la pensión.

¿Qué dice el Código Civil de Cataluña?

El Código Civil catalán ya contemplaba esta posibilidad en casos de herencias. En el artículo 451-17.e) se reconoce como causa de desheredación la “ausencia manifiesta y continuada de relación familiar entre causante y legitimario, si es imputable a este último”.

Ahora, esta jurisprudencia refuerza ese principio, aplicándolo no solo a herencias, sino también a obligaciones alimenticias.

 ¿Por qué es relevante esta sentencia?

Porque abre la puerta a que muchos progenitores en Cataluña —y en especial en Lleida— puedan solicitar judicialmente la extinción de una pensión que ya no tiene fundamento emocional ni legal, cuando el vínculo familiar ha desaparecido por exclusiva  voluntad del hijo.

 ¿Qué debes demostrar para extinguir la pensión?

Para que un tribunal valore positivamente tu solicitud, se deben reunir ciertos elementos:

✅ El hijo debe ser mayor de edad

✅ Debe existir una ruptura prolongada y clara de la relación

✅ Esa ruptura debe ser imputable al hijo, no al progenitor

✅ Se debe aportar prueba sólida (testifical, documental o incluso pericial psicológica)

 En Horcajada Abogados te ayudamos

Si estás viviendo esta situación, no estás solo. En nuestro despacho en Lleida contamos con una sólida experiencia en modificación de medidas y extinción de pensiones alimenticias.

 Atendemos en todo el territorio catalán.

 Trato cercano y confidencial .



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