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Modificaciones penas en la reforma del Código Penal


Otro de los aspectos al cual ha afectado la reforma del Código Penal recientemente entrada en vigor son las penas. Así pues, la reforma ha dado lugar a algunas modificaciones en materia de penas que consideramos conveniente explicar.
A partir de la clasificación de las penas que hace el Código penal, vamos a ver cuales han sido estas modificaciones.
Dentro de las penas graves se añade la privación de la patria potestad. En este sentido, se debe diferenciar la privación de la inhabilitación especial de la patria potestad puesto que la primera priva de derecho, en cambio la segunda suspende su ejercicio. Ambas penas se prevén como pena directa potestativa en delitos sexuales. En cualquier caso, la pena de privación de la patria potestad no elimina los derechos de los hijos respecto del penado.
En cuanto a las penas menos graves, se añaden la localización permanente de tres meses y un día a seis meses y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones, así como del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social.
La localización permanente consiste en permanecer en el domicilio o en el lugar determinado por el juez, a lo cual la reforma añade que este lugar será determinado por el juez en sentencia o posteriormente auto motivado. Cabe decir que con la reforma esta figura amplia su campo como pena sustitutiva para delitos puesto que hasta el momento se preveía como pena directa o sustitutiva para faltas.
Finalmente, en relación a las penas leves se introduce la localización permanente de un día a tres meses. Como pena leve, la localilzación permanente se equipara al arresto de fin de semana. Así pues, cuando dicha pena se preve como pena principal, el juez podrá determinar que la pena se cumpla los sábados, domingos y días festivos en el centro penitenciario más próximo al domicilio del penado. Además el juez podrá establecer la utilización de medios mecánicos o electrónicos que permitan la localización del reo.
Además, con la reforma los trabajos en beneficio de la comunidad pueden consistir no solo en actividades de utilidad pública como hasta el momento, sino que también pueden consistir en participar en talleres o programas formativos o laborales, culturales, de educación vial, sexual y otros similares. Pena que ya se aplicaba en los delitos contra la seguridad vial desde 1999.


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