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Delitos contra la seguridad en el tráfico por conducir habiendo perdido vigencia el permiso de conducir

El art. 384 del CP sanciona al que condujere un vehículo a motor o ciclomotor habiendo perdido la vigencia del permiso por pérdida total de los puntos.

Sin embargo, ocurre en numerosas ocasiones que el conductor desconoce realmente que ha perdido todos los puntos, ya que a veces no se ha llegado a poder notificar al infractor la Resolución sancionadora en la cual se le retira la vigencia.

En esos casos, si el conductor realmente no ha tenido conciencia de que se encontraba conduciendo con el permiso retirado los tribunales consideran que no se cumple el tipo delictivo ya que falta el dolo exigido, es decir, el conocimiento previo y la conciencia de que se ha perdido la vigencia del permiso por retirada total de puntos y pese a ello decidir conducir.

Además el Tribunal Constitucional considera que en todo proceso sancionador se han de cumplir unas garantías para el sancionado, entre ellas el derecho de defensa y a ser informado de la acusación que contra él se realiza por lo que, resulta indispensable que se produzca una notificación adecuada con el fin de poder defenderse por lo que ha de procurarse la citación personal siendo la publicación edictal el último recurso.

Si le han denunciado por conducir con pérdida de vigencia del permiso y desconocía dicha pérdida, no lo dude, contacte con nosotros y llame al 973281424 o envíe un é-mail: info@horcajada-abogados.com y le atenderemos gustosamente.

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