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Diferencias entre separación y divorcio

Tras la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil ya no es necesario separarse previamente para acceder al divorcio sino que pasados tres meses desde la celebración del matrimonio puede solicitarse el divorcio sin necesidad de alegar ningún motivo.

En cuanto al procedimiento de divorcio y el de separación son similares, lo único que cambia es lo que solicitamos al Juez, la separación o el divorcio y depende de lo que solicitemos los efectos son diferentes.

En el caso de separación judicial no se extingue el vínculo matrimonial por lo que no puede contraerse matrimonio con otra persona porque el matrimonio continúa vigente entre los cónyuges.

El art. Artículo 83 del CC predica textualmente:”. La sentencia de separación produce la suspensión de la vida común de los casados, y cesa la posibilidad de vincular bienes del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.”


El divorcio por su parte produce los mismos efectos que la separación pero además se disuelve el vínculo matrimonial con lo cual los cónyuges podrán volver a casarse con otra persona si lo estiman oportuno.

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Mª José Horcajada
Abogado titular de Bufete Horcajada despacho abogados Lleida


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