Extensión de plazos de garantía en defectos de la construcción

10 años
para los defectos o vicios que afectan a la cimentación, soportes, vigas, forjados, muros de carga u otros elementos estructurales que afecten a la estabilidad del edificio.
3 años
para los defectos o vicios que afecten a la habitabilidad del edificio.
1 año
para los defectos que afecten a elementos de terminación o acabado del edificio. Este daño será de responsabilidad única del constructor.
El cómputo del plazo de garantía comenzará desde la fecha de recepción de la obra, sin reservas o desde la subsanación de éstas. Este es un plazo de caducidad (no de prescripción) que no admite interrupción ni suspensión.
Más información: www.indemnizaplus.com
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