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Pruebas para detección de drogas en conductores de vehículos

Por razones operativas ha sido menos común realizar pruebas para detectar si un conductor se encontraba bajo los efectos de drogas. El motivo es que sólo realizando un análisis de sangre se podía estar seguro de los
resultados; y realizar pruebas en sangre es relativamente complejo. En caso de ser parados por la policía exige el traslado a un centro hospitalario lo que complica la operatividad de la propia patrulla de policía.

La mayoría de las drogas y/o sus metabolitos se eliminan por la
orina; sin embargo, así como detectar una droga en sangre nos permite asegurar que el conductor está bajo los efectos de esa droga, la presencia de la misma sustancia en la orina no nos permite asegurarlo. Por ejemplo, la situación más clara ocurre con el cánnabis: se pueden encontrar o detectar metabolitos de cánnabis en orina hasta un mes después de que una persona lo haya consumido.

Sin embargo, se han desarrollado sistemas que permiten a la policía detectar la presencia de drogas mediante instrumentos capaces de detectarlas. Cuestión distinta es que en España los controles de alcoholemia son mucho más comunes que los controles de estupefacientes.

En la actualidad se está utilizando un dispositivo, el DrugTest 500, fabricado por Dräger. Detecta cualitativamente el consumo de drogas a través de la saliva y está preparado para distintas variantes de drogas: anfetaminas, metanfetaminas, opiáceos, cocaína, benzodiacepinas y cannabis

El problema es que revela el tipo de sustancia pero no la cantidad de la misma, los positivos requieren una segunda prueba en un centro médico. Al contrario que con el detector de drogas, con un análisis clínico sí se puede determinar la cantidad de la sustancia en sangre. Los agentes pueden someter al conductor a la prueba de saliva y, en caso de ser positivo, se envía como evidencia a un centro clínico para analizarlo y
determinar el tipo de sanción.

Una cuestión clara es diferencia entre falta administrativa y delito en caso de conducir bajo la influencia de drogas. Lo más indicativo son los síntomas del conductor. La conducta al volante y las evidencias físicas - el aspecto de los ojos, si están enrojecidos o con las pupilas dilatadas – harán que si un conductos ha sido parado por conducir de forma temeraria hablaremos de delito. Sin embargo, si se trata de un control rutinario y muestra claros síntomas de ir drogado también supone un delito. En los demás casos, aún dando positivo pero mostrando completas capacidades para circular, se tramita como una falta muy grave -multa de entre 300 y 600 euros, resta de 4 a 6 puntos del carné y retirada durante un mes del permiso de conducir-.

Una cuestión importante es la presencia de falsos positivos. Se puede dar positivo aunque hayamos consumido drogas hace más de una semana porque hay sustancias que perduran en el organismo aunque no se esté bajo sus efectos. Es decir, aun estando en plenas condiciones para conducir es posible dar positivo.

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