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La DGT no imputará por delito de conducir sin carné mientras existan recursos pendientes

"Según una instrucción enviada por la directora de Tráfico, María Seguí, la Dirección General de Tráfico (DGT) no imputará por el delito de conducir sin carné mientras haya recursos de alzada pendientes “si un conductor es sorprendido conduciendo un vehículo con todos los puntos del carné agotados, los agentes de Tráfico comprobarán antes de imputarle un delito si ha recurrido la pérdida del carné o si todavía no ha transcurrido el plazo para presentar los correspondientes recursos (un mes).
En el caso de que se den cualquiera de estos dos casos, el agente podrá multar con 500 euros al conductor, por haber cometido una infracción muy grave al conducir sin carné, pero no se le imputará directamente un delito contra la seguridad vial hasta que la pérdida del permiso sea firme, bien porque se deniega el recurso de alzada o porque no se presenta recurso….hasta ahora al ser imputados por un delito los conductores que eran sorprendidos conduciendo sin carné se veían obligados a acudir a un juicio rápido con un abogado, aunque luego el juez los absolviera al entender que no se puede imputar ningún delito mientras no se resuelvan los recursos pendientes.
La propia DGT reconoce en su instrucción "la proliferación de pronunciamientos judiciales" que vienen estimando que "la consumación del tipo delictivo requiere que la resolución declarativa de la pérdida de vigencia sea firme, de tal forma que, en el caso de que estuviera pendiente de resolución el recurso de alzada interpuesto contra la pérdida de vigencia acordada, se absuelve al inculpado".
De acuerdo a la memoria de la Fiscalía General de Estado del año pasado, el delito por conducir sin carné constituye el segundo de todos los delitos de seguridad vial por volumen de diligencia abiertas que se cometen en España, sólo superado por la conducción bajo los efectos del alcohol. En el periodo 2008-2011 se tramitaron 157.973 diligencias previas y urgentes. Sin embargo, es el primero que más sobreseimientos y sentencias absolutorias genera a petición de los propios fiscales.
Además, la instrucción señala que mientras que la resolución de la pérdida del carné no sea firme el conductor podrá solicitar a Tráfico poder continuar conduciendo hasta que se resuelva su recurso, lo que la DGT califican como "un filtro jurídico previo". Hasta ahora, la DGT declaraba la pérdida del carné "inmediata" aunque todavía no se hubiera resuelto el recurso de alzada.
A partir de ahora, las Jefaturas Provinciales de Tráfico valorarán cada caso concreto "previa ponderación de los intereses públicos y privados en juego". Concretamente, se tendrá en cuenta si el afectado es un conductor profesional, que puede verse gravemente afectado por "la ejecución inmediata" de la pérdida del carné, o que se haya presentado un recurso administrativo de revisión, acción de nulidad o un recurso en vía judicial que esté pendiente de resolución frente a alguna de las sanciones que dieron lugar a la declaración de pérdida de vigencia.Europa press.20.08.2013

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