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Accionistas afectados por Bankia en Lleida ! Primera sentencia ganada !

Horcajada abogados Lleida consigue una primera sentencia contra Bankia a favor de los afectados ,un matrimonio pensionista de Ponent que había adquirido , el 18 de julio de 2011,  800 acciones de la entidad Bankia, Sa, por un importe nominal de 3.75 euros por acción y por un importe total de de 3.000 euros , sentencia firme.

El juzgado de Primera Instancia Número 5 de Lleida ha dictado sentencia, de fecha 14 de septiembre de 2015, en virtud de la cual declara la nulidad del contrato suscrito por mis defendidos y acuerda la restitución recíproca de las cantidades percibidas.

El juez se basa en que la información que se transmitió a los demandantes no se correspondía en absoluto con la situación real de la entidad que era de pérdidas y no de beneficios y ello motivó un vicio  en el consentimiento sobre las condiciones de la cosa siendo relevante y esencial, al constar en el folleto informativo una situación financiera de la entidad alejada de la realidad.
Basamos nuestra demanda solicitando la nulidad de la operación por  ERROR EN EL CONSENTIMIENTO, error invalidante al incumplir sus obligaciones el emisor sobre el deber de información sobre la OPS y sus requisitos.


De conocer los datos actualmente publicados, o incluso los que la propia entidad reconoció un año después, y por tanto, que iba a contratar con una entidad que generaba pérdidas, mis defendidos nunca hubieran suscrito las acciones.
No hay equivocación sobre el producto que estaba contratando, las acciones como tales, sino que el error recae sobre las propias acciones BANKIA adquiridas y en especial sobre sus riesgos y valor.
El error inicial, que influye en todas las informaciones vinculadas, recae en la solvencia de la entidad emisora, pues las condiciones informadas sobre la entidad y su situación financiera, las características de las propias acciones y el riesgo real asumido no fueron veraces.
El error que provoca el vicio del consentimiento que cumple todos los requisitos legalmente establecidos para que éste sea invalidante del contrato:

Se trata de un error ESENCIAL, pues se publicita una situación de solvencia, beneficios y garantías falsos.
Es un error EXCUSABLE, pues la información que se da al inversor se supervisa por un organismo público, y mis representados en el convencimiento de que se han cumplido todos los requisitos legales y de supervisión, la dan por buena.

Es un error NO IMPUTABLE a mis mandantes  que, en ningún momento tuvieron acceso a la información real y que obviamente no contribuye en la elaboración del folleto.


Por ello si es un accionista afectado por la salida  en Bolsa de Bankia, SA, defienda sus derechos y reclame lo que le corresponde.
En Bufet Horcajada abogados le ayudaremos a recuperar su dinero.
Consúltenos sin ningún compromiso.


Mª José Horcajada Bell-lloch
Abogada Col.1160 ICALLeida

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