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Clips hipotecarios y contratos sobre tipos de interés SWAPS: sentencia contra el banco

En esta ocasión podemos referirnos con agrado a una nueva sentencia que condena la comercialización de clips hipotecarios, en esta ocasión referidos a Bankinter.

Los clips hipotecarios son un producto similar a los SWAPS financieros que bajo la apariencia de un seguro sobre tipos de interés traslada a los clientes un riesgo evidente en caso de caídas de tipos de interés. La sentencia fue dictada el 25 de enero de 2010 por el juzgado de primera instancia número 8 de León, y se basa en que el consentimiento del cliente al adquirir este producto estuvo viciado por la falta de transparencia del banco, en especial en lo que se refiere al riesgo en que estaba incurriendo.

Los argumentos para condenar al banco a devolver las cantidades cobradas fueron en resumen las siguientes:

1- La dificultad de salirse de salirse del producto al conllevar una penalización muy importante por parte del banco pudiendo este salirse fácilmente.

2- Los clientes no contrataron voluntariamente el producto, sino que la entidad les obligó (como es práctica habitual con los seguros de vida)

3- Se informó erróneamente a los clientes señalando que eran un seguro contra subida de tipos sin informarle de que en realidad era una apuesta por la subida de los mismos que generaría pérdidas en caso de que bajaran.

4- Desproporción en el riesgo que corría cada una de las partes: en muchas ocasiones el riesgo real que asume el banco es minúsculo respecto al cliente.

5- Incumplimiento de las obligaciones del banco como asesor del cliente. Este es el mayor problema de la adaptación en España de la directiva europea MiFID, puesto que aquí se introdujo la diferencia entre asesoramiento -que sólo reciben los inversores con un contrato específico- y comercialización -que es la mera venta de productos por parte del banco, que es lo que se practica con la inmensa mayoría de los clientes-, que supone una responsabilidad mucho menor.

6- Existe un incumplimiento de las obligaciones que impone la Ley del Mercado de Valores en cuanto a información y asesoramiento, máxime cuando el cliente es una empresa que desea cubrir sus costes financieros de posibles subidas de tipos, no un inversor.

Si está pensado en reclamar por los perjuicios generado por su clip hipotecario, Swaps o contrato de gestión de riesgos financieros no dude en contactar con nosotros.

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