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Precios públicos de los informes forenses en caso de reclamaciones extrajudiciales por accidentes de tráfico

La Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, regula una vía extrajudicial de resolución de conflictos entre los perjudicados y las entidades aseguradoras en el artículo 7 del Texto Refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de los vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, la cual prevé la posibilidad de solicitar un informe de los médicos forenses .

Reproducimos  por su importancia el art. 7 .5 :

“En caso de disconformidad del perjudicado con la oferta motivada, las partes, de común acuerdo y a costa del asegurador, podrán pedir informes periciales complementarios, incluso al Instituto de Medicina Legal siempre que no hubiese intervenido previamente.

Esta misma solicitud al Instituto de Medicina Legal podrá realizarse por el lesionado aunque no tenga el acuerdo de la aseguradora, y con cargo a la misma. El Instituto de Medicina Legal que deba realizar el informe solicitará a la aseguradora que aporte los medios de prueba de los que disponga, entregando copia del informe pericial que emita a las partes.

Asimismo, el perjudicado también podrá solicitar informes periciales complementarios, sin necesidad de acuerdo del asegurador, siendo los mismos, en este caso, a su costa.

Esta solicitud de intervención pericial complementaria obligará al asegurador a efectuar una nueva oferta motivada en el plazo de un mes desde la entrega del informe pericial complementario, continuando interrumpido el plazo de prescripción para el ejercicio de las acciones judiciales. En todo caso, se reanudará desde que el perjudicado conociese el rechazo de solicitud por parte del asegurador de recabar nuevos informes.”

 

Por la emisión de estos informes forenses se cobrará un precio público establecido por la Orden JUS/127/2016, de 8 de febrero, por la que se fijan los precios públicos de las pericias efectuadas por los institutos de medicina legal y ciencias forenses a solicitud de particulares, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor, 11 de Febrero de 2016 .

 

En el anexo a esta orden , se establecen tres tipos de precios públicos en función de la gravedad de las lesiones:

Pericia lesiones sin ingreso hospitalario: 80 euros.

Pericia lesiones con ingreso hospitalario igual o inferior a 72 horas: 150 euros.

Pericia lesiones con ingreso hospitalario superior a 72 horas: 350 euros.

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