En caso de divorcio uno de los temas de discusión pude ser qué pasa con las mascotas de las que ha disfrutado la pareja durante la convivencia.
Este es el tema del articulo de la abogada de Lleida especialista en Derecho de Familia Mª José Horcacajada que trata de la novedosa sentencia de un juez que establece la guarda y custodia compartida del perro de la pareja.
"Custodia
De los animales
En la sociedad actual las mascotas domésticas cada vez ven más incrementados sus derechos. Recientemente el Juzgado de Primera Instancia de Valladolid ha dictado la primera sentencia, de fecha 27 de mayo, en la cual se establece la custodia compartida de un perro adquirido por una pareja durante la convivencia, y determina que el animal pasará seis meses con cada uno además del régimen de visitas de un fin de semana al mes para el otro miembro de la pareja los 6 meses que no conviva. El Juez considera que las normas tienen que ser interpretadas según la realidad del tiempo en que tienen que ser aplicadas, y actualmente existe por mandato europeo una proposición de ley de modificación del Código Civil en trámite parlamentario que establece que los animales domésticos no se pueden considerar una cosa sino que son “seres sensibles” y por tanto el convenio regulador del divorcio se tendrá que referir a los animales de compañía teniendo en cuenta el interés de los miembros de la familia y el bienestar animal, y se podrá prever un reparto equitativo de los tiempos de goce del animal con independencia de su propiedad y si no se posan de acuerdo el juez habrá de establecer en quién confía los animales de compañía si a uno o a ambos miembros. Buen verano! "
La Mañana 29/07/2019
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