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El Supremo libera a una mujer de pagar un préstamo firmado por el marido

Reproducimos a continuación el articulo de la abogada especialista en Derecho Bancario , Mª José Horcajada Bell-lloch, publicado en el periódico La Mañana de fecha 07/10/2019 titulado " Hay que seguir el protocolo "

 

"Hay que seguir el protocolo.

Es necesario seguir los protocolos contra el fraude para evitar situaciones fraudulentas, así como responsabilidades, y es que lo de dame el contrato que lo llevo a casa y lo firma mi marido o mujer es una conducta de riesgo. Esta reflexión viene por la reciente sentencia del Tribunal Supremo, de fecha 18 de septiembre de 2019, que exonera a una mujer de pagar una deuda de cerca de 18.000 euros por diferentes préstamos al consumo y una tarjeta de crédito que su marido había pedido a nombre de ella, falsificando su firma, y ​​permitir el banco que los contratos se firmaran fuera de la entidad bancaria alegando hombre que por motivos laborales la mujer no se podía desplazar. Además, cambió el domicilio donde se habían de enviar los extractos bancarios motivo por el que la mujer no se dio cuenta de lo que había pasado hasta que le reclamaron el dinero. El Tribunal considera que los contratos son nulos por falta de consentimiento y que como no se ha probado que la mujer se gastara el dinero es la entidad la única que debe soportar las consecuencias de una actuación fraudulenta que se pudo llevar a cabo por culpa de la falta de observancia de las normas internas por parte de los empleados de la entidad bancaria que tienen por finalidad evitar el fraude a los clientes.

 

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El Supremo exonera

Una mujer de pagar

el préstamo firmado

por el marido sin

su consentimiento "

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