Ley de morosidad y contratos privados.Modificaciones
La ley 15/2010 reforma la ley de morosidad 3/2004 para intentar paliar las deficiencias detectadas y solucionar el problema que supone para las empresas plazos excesivos de pago.
Se da una nueva redacción al Art 4 que señala que el plazo en que el acreedor debe pagar al deudor es de 60 días, no pudiendo ser ampliado por las partes, siendo nulo cualquier pacto que tenga por finalidad ampliar este plazo ,sin necesidad de demostrar su carácter abusivo o no, limitando de este modo el principio de l autonomía de la voluntad.
Otra modificación importante es el inicio del cómputo del plazo de pago de las deudas entre empresarios en el marco de sus relaciones comerciales que empieza a computarse desde el día en que los bienes son entregados o los servicios son prestados, con independencia del momento en que se reciba la factura o solicitud de pago equivalente.
Según la Disposición transitoria segunda de la Ley 15/2010 el plazo de pago de 60 día previsto se ajustará progresivamente para aquellas empresas que vinieren pactando plazo superiores, estableciendo el siguiente calendario:
-85 días, desde el 7 de julio de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2011.
-75 días, entre 1 de enero de 2012 a 31 de diciembre de 2012.
-60 días a partir de uno de enero de 2013.
Recordar finalmente que esta ley entró en vigor el pasado 7 de julio de 2010.
Por lo que si no se cumplen los plazos de pago acuda a nuestro despacho de abogados Bufet Horcajada y uno de nuestros profesionales le asesorará.
Bufet Horcajada
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