El Juzgado de Primera Instancia 1 de Lleida ha estimado la demanda interpuesta por JM contra el Banco Santander Central Hispano, SA y declara la nulidad del contrato marco de operaciones financieras suscrito por las partes en fecha 17 de mayo de 2006 y del contrato de permuta financiera también de mayo de 2006 al considerar que el cliente cuando firmó no tenía suficiente información e incurrió en error del consentimiento en los elementos esenciales del contrato. Horcajada Abogados ha llevado la defensa.
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