Es consentimiento La era digital ha modificado nuestra manera de comunicarnos incorporando elementos como los emoticonos a nuestras conversaciones, pero hay que vigilar porque esta comunicación informal e instantánea tiene consecuencias legales. La Audiencia Provincial de Barcelona ha dictaminado que el responder el cliente con un “pulgar hacia arriba “ al ser preguntado por su abogado sobre la aceptación de una ofrecida de indemnización equivale a consentimiento y no se puede modificar unilateralmente con posterioridad. Conclusión, los emoticonos en los contextos legales y en el ámbito de los negocios tienen que ser usados teniendo en cuenta sus consecuencias como manifestaciones de voluntad.
El Tribunal Supremo (TS) ha dictaminado que un hombre incapacitado judicialmente está legitimado para solicitar el divorcio. Se trata de un pensionista que solicitó el divorcio de su mujer, la cual se opuso alegando que su marido no tenía legitimación para interponer la demanda sin la autorización de la curadora. L 'Alto Tribunal concluye que se le nombró curadora para asistirlo en actos jurídicos patrimoniales complejos y en el ámbito personal en todo lo relacionado con su salud, pero en ninguna parte dice que necesitara su autorización para divorciarse. Es un paso hacia la protección de los derechos de las personas con discapacidad.
La Unión Europea ha aprobado la primera directiva diseñada específicamente para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres, la violencia doméstica y los delitos sexuales, la Directiva (UE) 2024/1385, de 14 de mayo de 2024, que establece medidas en diferentes ámbitos y pretende ser un marco jurídico armonizado para los países de la Unión, definiendo los delitos y sanciones asociadas, y fortaleciendo la protección y el apoyo integral a las víctimas en todos los Estados miembros, los cuales deberán adecuar su legislación nacional, a más tardar el 14 de junio de 2027. De todas formas, muchas de las previsiones ya constan en nuestra legislación.
En Cataluña se consideran pareja de hecho a quienes conviven dos años o tienen descendencia en común, aunque no hayan formalizado su relación en escritura pública ante notario. Sin embargo, el Tribunal Constitucional se pronunciará sobre esta normativa y la puede declarar inconstitucional, igual que hizo con la de Navarra que era similar, al considerar que en estos casos no existe una voluntad inequívoca de ser pareja. Esta decisión afectará a los derechos de miles de parejas, por ejemplo sucesorios, por lo cual conviene asesorarse y valorar formalizar la relación de pareja en escritura pública para no perder derechos.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en su sentencia de 26 de abril se ha pronunciado de nuevo a favor de los consumidores en relación con los gastos de formalización de hipoteca, en concreto sobre cuándo se inicia el plazo para solicitar la devolución del importe abonado. El TJUE apoya que el cómputo de prescripción de la acción de restitución de los gastos comience a correr desde la fecha en que la resolución judicial que declara la abusividad de la cláusula sea firme y añade que no puede empezar a correr desde la fecha en que se dictó la primera sentencia del Tribunal Supremo en la materia o desde la que se firmó el préstamo.
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